viernes, 24 de mayo de 2013

Un tema olvidado: el populismo penal

Hay tópicos que debieran aparecer en una campaña presidencial o parlamentaria pero que por algún motivo no aparecen. Tal vez el ejemplo más extremo es el de la innovación; por más que se habla de que Chile no puede seguir dependiendo del cobre, no hay ningún político que haya definido un compromiso directo con el establecimiento de proyectos reales de innovación desde Chile, que otorguen ventajas comparativas al producto nacional.

Sin embargo, una materia que preocupa pero que no es portada es la de la proliferación y adelantamiento de la respuesta penal. Si bien es un fenómeno global, en Chile existe una especie de variante que más allá de responder a un derecho penal de tercera velocidad o "del enemigo", busca castigar duramente situaciones específicas, acercándose al populismo penal. Esto es un problema por varios motivos. Primero, desde una perspectiva concreta, encontramos la cantidad de presos per cápita de Chile, que es absurda bajo todo punto de vista. Segundo, porque si bien el Código Penal es una norma antigua -y hasta anquilosada- no es menos cierto que los proyectos de ley no vienen a solucionar este problema sino, por el contrario, a complicarlo aún más, mediante leyes especiales que en definitiva entorpecen la persecución criminal. Tercero, porque el aumento en el castigo de ciertos delitos puede influir en la comisión de otros de mayor penalidad, por equiparación. Por último, el aumento de penas tiene como contrapartida la renuencia de la aplicación de soluciones draconianas por parte del juez.

Ejemplos hay muchos, pero quiero concentrarme sólo en tres. El día 21 de mayo, un equipo de prensa sufrió agresiones de parte de un grupo de personas en el contexto de una manifestación. La solución obvia es la correspondiente indagatoria penal y un mayor resguardo a los equipos de prensa que cubren las marchas. Sin embargo, un grupo de parlamentarios de derecha cree que eso es insuficiente y anuncian un proyecto de ley para castigar especialmente esta clase de delitos (!). Es decir, es insuficiente el delito de daños o el de lesiones -o el agravante de tumulto- sino que además debe establecerse un delito porque son miembros de la prensa, lo que ¡ni siquiera es una categoría penalmente relevante!

Pero ello no queda allí. La famosa Ley Emilia es un ejemplo de lo peligroso que puede significar el populismo penal. Esta ley pretende castigar con una dureza inusitada la conducción en estado de ebriedad con resultado de muerte, aplicándole a ese caso, que en líneas generales es un cuasidelito (i.e. culpa), una pena superior a la que la ley le asigna al delito (i.e. dolo) de homicidio. Para explicarlo en términos sencillos: tomar un cuchillo y matar a puñaladas a alguien, sin agravantes ni atenuantes, es menos grave que un accidente de tránsito causado por el manejo irresponsable. Es cierto que efectivamente el manejo en estado de ebriedad es un tema de políticas públicas relevante y que constituye un peligro, pero parece inverosímil que ello implique agravar la pena una conducta dolosa. El proyecto de ley, en sí mismo, es totalmente deficiente, puesto que apela a una fundamentación basada en la emocionalidad de un accidente específico, sin explicar suficientemente por qué debe aplicarse esa pena tan grave; más aún, el proyecto presupone la existencia de dolo en el conductor, lo que es abiertamente contrario a los principios mínimos que existen en nuestro ordenamiento jurídico. Ni siquiera sus defensores han podido explicar estas inconsistencias; las últimas columnas a este respecto sólo han apelado nuevamente a la emoción del lector y han respondido que la apelación a los principios del derecho penal (establecidos para proteger la libertad del ciudadano) no tiene cabida en este caso (?), argumentando que la ley salvará vidas, lo que no es cierto ya que sólo castiga. Pero lo más notable de todo esto es la intervención del diputado UDI Cristián Letelier (distrito 30), que cito: "Eso significa que debemos legislar en esta materia, incluso contra la Constitución, porque no se ha impuesto un sistema procesal penal como el que la ciudadanía quiere y nosotros estamos aquí para defender a la ciudadanía y no los principios de derecho penal. Al menos, mientras yo sea diputado, lo voy a hacer así." Es decir, justifica que se pase por encima de la propia Constitución. En mis tiempos eso se llamaba insubordinación y era delito.

Lo último es la ley propuesta por este gobierno, que busca castigar con 60 días de cárcel a quien insulte gravemente a Carabineros. Para comenzar a explicar una situación de esta naturaleza conviene destacar lo siguiente: no por ser agentes de la autoridad tienen una protección especial, menos una de carácter penal. Por el contrario, su actuación debe tener normas aún más estrictas, porque representan el monopolio del poder estatal (de ahí la crítica al artículo 148 del Código Penal, por ejemplo). La actual protección de la honra, a través de los delitos de injurias y calumnias son plenamente suficientes, sin que sea necesaria una ley nueva destinada a las policías. Pero más importante es el destino que tendrá la ley: una justificación a una detención arbitraria podrá fundarse en dos testigos-funcionarios que depongan sobre supuestos insultos proferidos al personal policial. La ley no define la gravedad del insulto ni menos entrega claves para impedir que se convierta en una manga ancha para permitir toda clase de, dígase de frente, tropelías.

En fin, el problema es mucho mayor de lo que parece. Es cierto que existen nuevas formas de criminalidad que merecen sanciones (delitos contra la libre competencia, medioambientales, etc.), pero en la práctica, el establecimiento de nuevos tipos o el perfeccionamiento del sistema criminal en Chile sólo se ha enfocado en los mismos sospechosos de siempre. Y el resultado está siendo que, para variar, nuestra libertad se va como arena entre las manos.